CONTRATO ARQUIDIOCESANO
                                                                              

                                                                                                                                           Exp. N°. 11/2026

 Comparecen por una parte la Sastrería URBI ET ORBI, representada en este acto por el Rvdo. Pe. Aaron Quintero; y por la otra parte, la Diócesis de Nuestra Señora del Carmen, representada por el Excmo. Mons. Francisco Gómez Guzmán

Ambas partes, reconociendo su mutua capacidad legal, acuerdan suscribir el presente contrato de colaboración y suministro bajo las siguientes cláusulas

El presente instrumento tiene por objeto formalizar la unión estratégica entre la Sastrería URBI ET ORBI y la Diócesis de Nuestra Señora del Carmen, mediante la cual la primera se constituye como proveedor oficial y preferente de ornamentos sagrados y vestiduras litúrgicas para las necesidades de la Diócesis y sus parroquias adscritas.

Art. 1.-La Sastrería URBI ET ORBI se compromete a confeccionar y proveer, de manera indefinida y a requerimiento de la Diócesis del Carmen, casullas en sus diversos cortes y dalmáticas, así como combos solemnes que incluyan los elementos propios de estas vestiduras para el uso en las celebraciones litúrgicas.

Art. 2.- La Diócesis de Nuestra Señora del Carmen podrá solicitar los servicios de la Sastrería URBI ET ORBI en cualquier momento. Cada pedido se formalizará mediante una orden de trabajo donde se especifiquen las características de la vestidura, los materiales, las medidas y los tiempos de entrega estimados según la complejidad de la confección.

Art. 3.- Este acuerdo se establece de manera indefinida. No obstante, cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato notificando a la otra con una antelación mínima de sesenta días, sin perjuicio de los pedidos que se encuentren en proceso de elaboración al momento del aviso.

Art. 4.-La Sastrería URBI ET ORBI garantiza el uso de materiales de alta calidad que respeten el decoro, la tradición y las normas litúrgicas vigentes. Por su parte, la Diócesis del Carmen otorgará a la sastrería el reconocimiento de proveedor oficial, permitiéndose hacer uso de esta distinción en su comunicación institucional.

Art. 5.-Ambas partes declaran que este contrato se celebra bajo los principios de buena fe y colaboración mutua, con el firme propósito de asegurar que el culto divino cuente siempre con las vestiduras necesarias para su digna celebración. Las partes se comprometen a resolver cualquier diferencia de manera amistosa, priorizando siempre el bienestar de la comunidad eclesial y la excelencia en el servicio prestado.

Dado en las oficinas de la sastrería el día 27 del mes de abril del año del señor 2026

Rvdo. Pbro. Aaron Quintero
Administrador